Rumored Buzz on concreto moderno
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AENOR ha concedido a Superintendencia de Bancos de Ecuador el certificado de Sistema de Gestión Antisoborno según la Norma ISO 37001. Se trata del estándar internacional que reciben aquellas organizaciones que quieren implantar un modelo de organización y gestión eficaz que mitigue el riesgo de prácticas de soborno.
c) de que esa ayuda se suministre en la medida de lo posible en forma de donación complete o en condiciones no menos favorables que las previstas en el artworkÃculo IV del Convenio sobre la Ayuda Alimentaria de 1986.
eleven. Con respecto a las medidas no discriminatorias a que se hace referencia en los apartados a) y b) del párrafo 10, cada Miembro procurará no limitar o restringir el nivel real de oportunidades de mercado ni las ventajas de que ya disfruten en su territorio los proveedores de servicios financieros de todos los demás Miembros, considerados como grupo, siempre que este compromiso no represente una discriminación injusta contra los proveedores de servicios financieros del Miembro que aplique tales medidas.
â la relación entre los mecanismos de solución de diferencias del sistema multilateral de comercio y los previstos en los acuerdos multilaterales sobre el medio ambientes;
three. A reserva de las disposiciones de los párrafos 2 b) y four del artworkÃculo nine, ningún Miembro otorgará subvenciones a la explotación de las enumeradas en el párrafo 1 del artworkÃculo 9 con respecto a los productos o grupos de productos agropecuarios especificados en la Sección II de la Parte IV de su Lista por encima de los niveles de compromiso en materia de desembolsos presupuestarios y cantidades especificados en la misma ni otorgará tales subvenciones con respecto a un producto agropecuario no especificado en esa Sección de su Lista.
Los Miembros observarán las disposiciones del Anexo C al aplicar procedimientos de control, inspección y aprobación, con inclusión de los sistemas nacionales de aprobación del uso de aditivos o de establecimiento de tolerancias de contaminantes en los productos alimenticios, en las bebidas o en los check here piensos, y se asegurarán en lo demás de que sus procedimientos no sean incompatibles con las disposiciones del presente Acuerdo.
4. En el proceso de examen los Miembros tomarán debidamente en consideración la influencia de las tasas de inflación excesivas sobre la capacidad de un Miembro para cumplir sus compromisos en materia de ayuda interna.
4. Cada Miembro aportará sin demora a la OMC la parte que le corresponda en los gastos de la Organización de conformidad con el reglamento financiero adoptado por el Consejo Basic.
1. Los paÃses desarrollados Miembros tomarán las medidas previstas en el marco de la Decisión sobre meidas relativas a los posibles efectos negativos del programa de reforma en los paÃses menos adelantados y en los paÃses en desarrollo importadores netos de productos alimenticios.
Los Miembros notificarán las modificaciones de sus medidas sanitarias o fitosanitarias y facilitarán información sobre sus medidas sanitarias o fitosanitarias de conformidad con las disposiciones del Anexo B.
two. Cuando un Miembro exija a los proveedores de servicios financieros de cualquier otro Miembro la afiliación o el acceso a una institución reglamentaria autónoma, bolsa o mercado de valores y futuros, organismo de compensación o cualquier otra organización o asociación, o su participación en ellos, para suministrar servicios financieros en pie de igualdad con los proveedores de servicios financieros del Miembro, o cuando otorgue a esas entidades, directa o indirectamente, privilegios o ventajas para el suministro de servicios financieros, dicho Miembro se asegurará de que esas entidades otorguen trato nacional a los proveedores de servicios financieros de cualquier otro Miembro residentes en su territorio.
El presente Acuerdo quedará sin efecto, junto con todas las restricciones aplicadas en su marco, el primer dÃa del 121º mes de vigencia del Acuerdo sobre la OMC, fecha en que el sector de los textiles y el vestido quedará plenamente integrado en el GATT de 1994. El presente Acuerdo no será prorrogable.
3. Podrán intervenir en las negociaciones que se desarrollen en el GNSTM todos los gobiernos, incluidas las Comunidades Europeas, que anuncien su intención de participar en ellas. Hasta la fecha, han anunciado su intención de tomar parte en las negociaciones:
a) Las referencias que en las disposiciones del GATT de 1994 se hacen a una "parte contratante" se entenderán hechas a un "Miembro". Las referencias a una "parte contratante poco desarrollada" y a una "parte contratante desarrollada" se entenderán hechas a un "paÃs en desarrollo Miembro" y un "paÃs desarrollado Miembro". Las referencias al "Secretario Ejecutivo" se entenderán hechas al "Director Standard de la OMC".